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CNMC, en contra de la Tasa Google que podría ser una barrera para que otras empresas entren en el mercado de agregación de contenidos

MADRID, 03 de JUNIO de 2014 – LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

El organismo regulador publica su Propuesta sobre la modificación del Proyecto de Ley de la Propiedad Intelectual.  Señala que a  dicha tasa se debería eliminar su carácter irrenunciable y modificar el  derecho de las sociedades de gestión de la propiedad intelectual a  recaudar dichas compensaciones

La Comisión Nacional de Mercados y  Competencia (CNMC) ha aprobado el Informe Propuesta (PRO) relativo a la  modificación introducida en el art. 32.2 del Proyecto de Ley por el que se modifica  el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. La CNMC analiza las implicaciones de dicha modificación desde el punto de vista  de la competencia efectiva en los mercados y la regulación económica eficiente y  recomienda un replanteamiento de la figura proyectada.

La inclusión de este apartado en el Proyecto de Ley se produjo con posterioridad  a que la Autoridad de Competencia española aprobara y publicara el IPN 102/13  relativo al Anteproyecto de Ley de modificación del Texto Refundido de la Ley de  Propiedad Intelectual y de la Ley de Enjuiciamiento Civil por lo que no ha tenido la  oportunidad de pronunciarse sobre este derecho a la compensación equitativa.

El citado artículo incluye un nuevo apartado que contempla el derecho  irrenunciable de editores y de otros titulares de derechos a percibir una  «compensación equitativa» ante la puesta a disposición del público, por parte de  los prestadores de servicios de agregación de contenidos, de contenidos o  fragmentos no significativos de contenidos divulgados en publicaciones  periódicas o en sitios web de actualización periódica con una finalidad informativa,  de creación de opinión pública o de entretenimiento. Este derecho sería  irrenunciable y se haría efectivo a través de las entidades de gestión de los  derechos de propiedad intelectual.

Según la CNMC, la medida genera diversos impactos en las condiciones de  competencia efectiva y la regulación económica eficiente. En este sentido, en su   Reproducción permitida solo si se cita la fuente.

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En este sentido es su informe, la CNMC efectúa las siguientes observaciones:

– El principal motivo que se señala para justificar la «compensación  equitativa» hace referencia a la competencia directa que se produciría entre  el sitio original y los prestadores de servicios de agregación de noticias o,  en su caso, empresas de press-clipping, en el acceso a determinada  información sin compartir el agregador los costes que este esfuerzo  creativo llevaría aparejado.

No obstante, resulta cuestionable i) la  existencia de dicha competencia directa, ii) la necesidad de que exista una  compensación e incluso iii) la dirección en la que, en su caso, esta  contraprestación se produciría en el mercado.

Por otro lado,  La exigencia de esa nueva “compensación equitativa” erigiría una barrera al acceso que no han tenido los agregadores actuales, ya consolidados y,  paralelamente, desincentivaría el acceso al mercado de nuevos  prestadores este tipo de servicios.

También se indica que  El Proyecto de Ley obliga además a que la «compensación equitativa» se  realice a través de entidades de gestión de derechos de propiedad  intelectual, que constituiría una reserva de actividad en favor de estas  entidades, sin que se expliquen debidamente las motivaciones.

Por ello la CNMC en su informe realiza las siguientes recomendaciones:

En primer lugar, solicita replantear la figura proyectada con un análisis en profundidad de la normativa que permita reducir los posibles impactos negativos de dicha  regulación.

Además, si se decidiese continuar con la medida, al menos se recomienda i)  modificar el carácter irrenunciable de la compensación y ii) eliminar la  reserva de actividad que se concede a las entidades de gestión de  derechos de propiedad intelectual.

Hay que recordar que La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que  garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a iniciativa  propia, en ejercicio de las competencias de la CNMC en aplicación del artículo 5.1  de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los  Mercados y la Competencia.

Se puede acceder al informe en este archivo: http://goo.gl/CqSxa

 

Lee aquí el articulo original.

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Coalición ProInternet en Gestiona Radio

Ayer estuvimos invitados al programa Pulso Empresarial de Gestiona Radio donde se dijeron cosas muy interesantes sobre el #CanonAEDE.

Escucha aquí la entrevista completa a partir del minuto 35:

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La ‘tasa Google’: un clásico cártel de Estado

Por Pablo Ibáñez-Colomo

Después de un tiempo, la llamada ‘tasa Google’ vuelve a estar de actualidad. Hace unas semanas le había comentado a Jesús (más que nada por su interés en la propiedad intelectual) que podría ser un tema interesante para el blog, y ahora el informe que la CNMC acaba de publicar sobre la cuestión me da una buena oportunidad para dar mi punto de vista. Aunque no lo pueda parecer a primera vista, es un ejemplo que ilustra bien los riesgos que para el ciudadano común puede tener la excesiva connivencia entre poder público y privado. Se trata de un asunto clave para el desarrollo económico y que se ha abordado a menudo y desde diferentes perspectivas en el blog.

Cuando un sector está en crisis, o se ve amenazado por el cambio tecnológico, intentará buscar protección en los poderes públicos. Si tiene la suficiente capacidad de presión o de influencia conseguirá a través de la regulación aquello que no habría conseguido compitiendo en el mercado – mantener sus ingresos y su posición. Es un comportamiento humanamente comprensible. Entiendo que los taxistas usen su capacidad de presión para detener la expansión de Uber (maravillosa aplicación que, cruzo los dedos, parece seguir funcionando estupendamente en Londres). Pero las consecuencias de esta presión sobre el ciudadano común y sobre la economía (a corto y largo plazo) solo pueden ser devastadoras.

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Los medios de comunicación tradicionales en España se encuentran en una situación muy difícil, en gran medida debido a la evolución tecnológica (que permite blogs como este y proyectos periodísticos con costes mucho más ajustados que en el pasado). Por eso es natural que traten de explotar su llegada al Gobierno para convertir a Google una fuente alternativa de ingresos, de la misma manera que es natural que el Gobierno responda proponiendo la creación un ‘derecho de remuneración’ a favor de los periódicos por el uso de ‘fragmentos no significativos’ por parte de agregadores de contenidos como Google News (por mencionar al que ha acaparado toda la atención). El concepto de ‘fragmento no significativo’, hablando de todo un poco, me parece fascinante.

El problema es que el mecanismo diseñado por el Gobierno en su anteproyecto tiene difícil encaje desde un punto de vista jurídico y es directamente injustificable desde un punto de vista económico. Las experiencias alemana, belga y francesa demuestran que hacer de Google una fuente estable y permanente de ingresos es más difícil de lo que pueda parecer a simple vista. Primero porque no obliga a nadie a estar presente en su agregador. Segundo porque algunos medios digitales con gran difusión parecen no estar de acuerdo con la tasa, y así lo han expresado públicamente. Si cada medio negocia la remuneración por separado y nadie tiene la obligación de quedarse en Google News si no está contento con las condiciones, parece inevitable que la remuneración, de existir, termine siendo sustancialmente más modesta de lo esperado por los medios tradicionales. Con parecida candidez, prácticamente en estos mismos términos, lo reconocen los representantes de la AEDE (la asociación que representa los intereses de los diarios tradicionales) en un artículo publicado en El País del 28 de mayo.

¿Cuál ha sido la solución encontrada por el gobierno ante este escollo? Una parte de la solución es convertir el derecho de remuneración en ‘irrenunciable’ (el concepto de ‘derecho irrenunciable’ es si cabe aún más fascinante que el de ‘fragmento no significativo’, sobre todo teniendo en cuenta que algunos digitales se publican con licencia Creative Commons). En virtud del anteproyecto, los medios no pueden rechazar solicitar una remuneración por aparecer en Google News (o que alguien la solicite en su nombre), por mucho que quieran. La otra parte consiste en centralizar la negociación a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual. Lo que el Gobierno parece perseguir, a la luz de la disposición, es que una entidad de gestión negocie la remuneración en nombre de todos los medios.

Lee en Nada Es Gratis el artículo completo.

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La Coalición ProInternet llama a un diálogo sobre la LPI sin exclusiones ni descalificaciones

La Coalición ProInternet quiere expresar su desacuerdo con los exabruptos vertidos, en reiteradas ocasiones por el director general de AEDE, a cuenta del Canon que reclama, esa asociación de diarios, para imponer a empresas y ciudadanos.

Este tipo de actitudes hacen muy difícil el diálogo.

Un diálogo con todas las partes implicadas, al que llamamos desde la Coalición, para resolver los problemas surgidos con la tramitación de las modificaciones de la LPI y, en especial, de su artículo 32.2 cuya retirada reclaman las empresas, entidades y más de 75.000 ciudadanos, hasta el momento.

Creemos que los grupos políticos y los medios de comunicación tienen que propiciar ese diálogo y articular los mecanismos para que se haga oír la voz de todos los afectados, sin recurrir a descalificaciones ni exclusiones.

 

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Foro APM: Los derechos de autor en la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.

El 29 de Mayo asistimos al Foro que se realizó en la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) para debatir sobre cómo afectará el anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual aprobado en Febrero, en especial, el llamado #CanonAEDE, a los derechos de autor. La presidenta de la APM, Carmen del Riego, dio apertura a este debate entre los invitados que se encontraban presente, editores, agregadores, periodistas y legisladores.

En la primera mesa se encontraban los afectados: editores y agregadores, moderada por el vicesecretario de la APM, Nemesio Rodriguez, recordando el informe que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, emitido el día anterior, 28 de Mayo.

El primero en hablar, fue Carlos Astiz, secretario general de la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEEPP) miembro de Coalición Pro Internet,. Afirmando que “están a favor de los derechos de autor, pero no de hacer leyes de forma chapucera como este anteproyecto de Ley”. “La esencia de internet es el enlace, pero hacer que sea irrenunciable el derecho al cobro, hace que sea ridículo”. Reticente a las sociedades de gestión, en este caso CEDRO, teme que sea una recuperación de las situaciones ilógicas que pasaban con la SGAE, como que se presentara en bodas para cobrar. “Este #CanonAEDE va contra el futuro”, afirmó. El siguiente en participar, fue Benjami Villoslada socio fundador de Menéame miembro de Coalición Pro Internet, que fue muy crítico con esta Ley afirmando que “en su web dan visibilidad a multitud de periódicos, blogs y webs que con el #CanonAEDE no podrán seguir haciéndolo”. También comentó que “esta ley afectará a las Redes Sociales como Facebook o Twitter en las que se crean debates”. Podéis encontrar un artículo al respecto en su blog. Dardo Gómez, representante del Foro de Organizaciones de Periodistas, afirmó que “esta Ley no ha nacido de forma transparente, es como la anterior, sin aclarar quiénes son los autores y sus derechos”.

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A favor del #CanonAEDE, estaban Javier Díaz de Olarte, director del gabinete jurídico de CEDRO, opina que “es una forma legítima de aplicar el principio básico de los derechos de propiedad intelectual”. El último en participar en esta mesa, fue el director general de la “Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE), José Gabriel González-Arias. Defiende esta Ley de Propiedad Intelectual y comenta que “está hecha para todos los editores no sólo para una parte”, afirmó que “este #CanonAEDE debe ser irrenunciable”.

Después de esta mesa, participaron de forma breve (por problemas de agenda), los legisladores de algunos grupos parlamentarios, socialistas, populares, catalanes además del asesor jurídico de la APM.  Algunos de ellos acabaron centrando sus discursos en el informe de la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) que recomienda limitar la tasa Google y cuestiona que los servicios de agregación de contenidos deban ofrecer una compensación equitativa a los editores, «no es vinculante».

Para concluir, nos hacemos una pregunta sobre esta Ley de Propiedad Intelectual y el #CanonAEDE, si es para todos, es decir, favorece a todos, ¿por qué no han participado todos los afectados en este proyecto de Ley?

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LA CNMC publica un informe demoledor contra el Canon AEDE ¿qué hará el Gobierno ahora?

Al Ministerio de Cultura le han sacado los colores en La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y Competencia) con el Canon AEDE. Si recordamos la reforma que está preparando Wert sobre la Ley de Propiedad Intelectual, se han sacado de la manga un derecho irrenunciable para los editores de contenidos de tal manera que los agregadores de internet paguen a las entidades de gestión y éstas, reparten el pastel entre los asociados que tengan.

El Blog Salmón 613,135

 

El caso más llamativo es Google, como principal buscador, pero afecta a empresas como Meneame, Bitacoras, no se sabe qué pasará con determinados foros y algunas más que se basan en la agregación de contenidos. La CNMC ha sido rotunda en su informe (PDF) y recomienda lo siguiente:

  • Modificar el carácter irrenunciable de dicho derecho al cobro de la tasa y que cada medio, negocie con los agregadores la tasa. Es más, no aparecer en agregadores, es sencillo, por lo que si no hay acuerdo, basta con no usar el enlace.
  • Eliminar como gestoras de estos derechos a las entidades de gestión. Visto el pasado y «la transparencia» con la que actúan, es la medida más lógica.

El informe enlazado merece la pena leerlo completo, dado que es evidente que el establecimiento de esta tasa, es perjudicial para la entrada de nuevos actores en escena, el propio sistema de agregación de contenidos les reporta tráfico a los medios y por supuesto, existe un sistema win-win entre agregadores y medios por la obtención de ingresos por terceras vías.

 

Lee aquí el artículo completo

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Tras el informe de Competencia la Coalición Prointernet pide al Gobierno que retire la Ley y el Canon por Cita o CanonAEDE.

La Comisión Nacional de Los Mercados y la Competencia (CNMC) rechaza el CanonAEDE

La CoaliciónProinternet da bienvenida posición de Competencia que cuestiona seriamente el Canon en línea con los postulados de la Coalición.

 

Tras el informe de Competencia la Coalición Prointernet pide al Gobierno que retire la Ley y el Canon por Cita o CanonAEDE.
– Competencia ha dado a conocer un informe con su posición en contra de la existencia de un canon que tase la actividad de cita en Internet y de agregadores de noticias.

– A la oposición de todos los grupos parlamentarios y de buena parte de la sociedad con más de 75.000 firmas, se une ahora la Comisión Nacional de Los Mercados y la Competencia.

– La CNMC recoge la gran mayoría de argumentos que defiende la Coalición y que han tenido gran calado social con más de 75.000 firmas.

– La Coalición ProInternet pide la retirada del polémico artículo incluido sin dialogo, precipitadamente y que ya cuenta con la oposición política, social y ahora de Competencia.
Madrid, 28 de mayo de 2014. La Coalición Prointernet (www.coalicionprointernet.es) considera muy positiva la nota emitida por la Comisión Nacional de Los Mercados y la Competencia (CNMC) (disponible aquí) en la que ha dado a conocer el informe con su posición. La nota refleja el contenido de un informe más detallado – «Informe Propuesta (PRO) relativo a la modificación introducida en el art. 32.2 del Proyecto de Ley por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril” (PRO, descargable aquí ) relativo al conocido como CanonAEDE o CanonxCita que pretende establecer una compensación irrenunciable a la cita y enlace de contenidos informativos en la Red.

La Coalición ProInternet cree muy importante que la CNMC centre su informe en una nota específica sobre el artículo 32.2, precisamente el referido al cobro de una tasa por agregación de noticias y cita. Al centrar su informe y su nota en este artículo y aspecto concreto de toda la Ley (LPI) la Comisión de Competencia refrenda ya denunciado por la Coalición ProInternet: se trata de un “añadido” a la Ley realizado con precipitación, sin dialogo y al dictado de una fracción de los sectores implicados: medios, empresas de internet y mercado de la innovación en general.

Ante esta situación la Coalición pide al Gobierno la retirada inmediata del polémico artículo – incluido en el proyecto pro el Gobierno sin dialogo previo, precipitadamente, sin cumplir con algunos procedimientos necesarios y que ya cuenta con la oposición política, social y ahora de Competencia.

La Coalición pide al GobImagen2ierno que abra conversaciones con todos los interesados en crear un modelo de Internet abierto a las oportunidades equitativas para todos y la libertad de expresión.

En su nota la CNMCl cree que el Canon “supondría una barrera al acceso” de nuevos agregadores. Destaca que el emplear entidades de gestión de derechos supone una “reserva de actividad” que no se ha explicado en sus motivaciones. Además, recomienda replantear totalmente la ley “con un análisis en profundidad” para evitar “los posibles impactos negativos de dicha regulación”.

En cualquier caso la CNMC recomienda eliminar el derecho irrenunciable a la compensación y eliminar la reserva de actividad en favor de entidades de derechos.

En definitiva la Coalición considera que este posicionamiento de la CNMC – desde el ángulo de competencia – viene a completar la enorme oposición existente ante esta nueva tasa – también conocida como CanonxCita o CanonAEDE – y que se une a la importante oposición política (todos los grupos parlamentarios presentaron enmiendas a la totalidad en el primer trámite parlamentario), la oposición social plasmada en multiples iniciativas, como por ejemplo las más de 75.000 firmas recogidas contra el canon, la oposición empresaria como la de CEOE, y la propia oposición de La Coalición Prointernet, que representa a cientos de medios digitales, innovadores, emprendedores y empresarios relacionados con Internet.

La Coalición considera que el Gobierno debe parar inmediatamente el proceso de esta Ley de Propiedad Intelectual., especialmente en lo referido al artículo 32.2 duramente contestado por la sociedad, el mercado y ahora la Comisión Nacional de Los Mercados y la Competencia.

 

Para Más información :

Medios: Coalición ProInternet +34 629573795 coalicionprointernet@gmail.com

Público y medios:
@CoaliciónProInt www.coalicionprointernet.es

Qué es la Coalición ProInternet:
Una decena de empresas y organizaciones procedentes de diversos sectores económicos han decidido lanzar de forma conjunta la Coalición ProInternet, una plataforma que tiene en común una visión abierta e innovadora del entorno digital y su firme rechazo a determinados aspectos concretos del proyecto de reforma de Ley de Propiedad Intelectual (LPI).

Entre las entidades fundadoras de Coalición ProInternet se encuentran la asociación de editores de prensa AEEPP, la Asociación Española de Economía Digital (ADigital), la Asociación de InternautasGoogle,  MenéameWeblogsSLHipertextualElocuent o Adslzone, los medios  20minutos.es y eldiario.es así como profesionales de la comunicación del sector digital a título individual. Con posterioridad se han incorporado a la Coalición TICbeatyoroboku.es Teleprensa – MadridPeriodistas por el mundoGrupo Nexo y OKFN Spain

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Enlace a la nota oficial de la CNMC: http://www.cnmc.es/Portals/0/Ficheros/Home/novedades/promocion/2014/20140528_NP_Tasa_Google_def.pdf

Enlace al informe completo de la CNMC: http://www.cnmc.es/Portals/0/Ficheros/Promocion/Informes_sobre_normativa/2014/140516_PRO_CNMC_0002_14_tasa_google.pdf

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La CNMC publica su Propuesta sobre la modificación del Proyecto de Ley de la Propiedad Intelectual.

La CNMC en una nota de prensa  publicada hoy mismo critican la propuesta de creación del #CanonAEDE, aquí podéis leer la reproducción de la nota de prensa oficial que han lanzado esta misma mañana en su site, referida al informe completo que puedes leer aquí.

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NOTA DE PRENSA

La CNMC publica su Propuesta sobre la modificación del Proyecto de Ley de la Propiedad Intelectual.

– Cuestiona que los servicios de agregación de contenidos deban ofrecer una “compensación equitativa” a los editores de publicaciones periódicas o de sitios web de información

– Considera que se crea una barrera al acceso para otras empresas que quieran entrar en el mercado de la agregación de contenidos

– Señala que se debería eliminar su carácter irrenunciable y modificar el derecho de las sociedades de gestión de la propiedad intelectual a recaudar dichas compensaciones

Madrid, 28 de mayo de 2014.- La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha aprobado el Informe Propuesta (PRO) relativo a la modificación introducida en el art. 32.2 del Proyecto de Ley por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.

La CNMC analiza las implicaciones de dicha modificación desde el punto de vista de la competencia efectiva en los mercados y la regulación económica eficiente y recomienda un replanteamiento de la figura proyectada.

La inclusión de este apartado en el Proyecto de Ley se produjo con posterioridad a que la Autoridad de Competencia española aprobara y publicara el IPN 102/13 relativo al Anteproyecto de Ley de modificación del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y de la Ley de Enjuiciamiento Civil por lo que no ha tenido la oportunidad de pronunciarse sobre este derecho a la compensación equitativa.

El citado artículo incluye un nuevo apartado que contempla el derecho irrenunciable de editores y de otros titulares de derechos a percibir una «compensación equitativa» ante la puesta a disposición del público, por parte de los prestadores de servicios de agregación de contenidos, de contenidos o fragmentos no significativos de contenidos divulgados en publicaciones periódicas o en sitios web de actualización periódica con una finalidad informativa, de creación de opinión pública o de entretenimiento. Este derecho sería irrenunciable y se haría efectivo a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.

Según la CNMC, la medida genera diversos impactos en las condiciones de competencia efectiva y la regulación económica eficiente. En este sentido, en su informe, la CNMC efectúa las siguientes observaciones:

– El principal motivo que se señala para justificar la «compensación equitativa» hace referencia a la competencia directa que se produciría entre el sitio original y los prestadores de servicios de agregación de noticias o,
en su caso, empresas de press-clipping, en el acceso a determinada información sin compartir el agregador los costes que este esfuerzo creativo llevaría aparejado. No obstante, resulta cuestionable

i) la existencia de dicha competencia directa,

ii) la necesidad de que exista una compensación e incluso

iii) la dirección en la que, en su caso, esta contraprestación se produciría en el mercado.

– La exigencia de esa nueva “compensación equitativa” erigiría una barrera al acceso que no han tenido los agregadores actuales, ya consolidados y, paralelamente, desincentivaría el acceso al mercado de nuevos
prestadores este tipo de servicios.

– El Proyecto de Ley obliga además a que la «compensación equitativa» se realice a través de entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, que constituiría una reserva de actividad en favor de estas entidades, sin que se expliquen debidamente las motivaciones.

Por ello la CNMC en su informe realiza las siguientes recomendaciones:

–  Solicita replantear la figura proyectada con un análisis en profundidad de la normativa que permita reducir los posibles impactos negativos de dicha regulación.

– Si se decidiese continuar con la medida, al menos se recomienda

i) modificar el carácter irrenunciable de la compensación y

ii) eliminar la reserva de actividad que se concede a las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a iniciativa propia, en ejercicio de las competencias de la CNMC en aplicación del artículo 5.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.